martes, 10 de enero de 2017

Periodistas deben contar con seguro de trabajo de riesgo (Ley 28081 del año 2003)

-- La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral-SUNAFIL recuerda a las empresas periodísticas y medios de comunicación, que el personal profesional que desarrolla actividades en campo y que implique riesgos para su vida y salud, deberá contar con el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR).

De acuerdo a la "Ley que incorpora el trabajo de los periodistas que realizan investigación de campo como actividades de riesgo" (Ley 28081 del año 2003), los profesionales del periodismo y camarógrafos de la prensa televisiva, radial y escrita que se dediquen a la investigación de campo, deben contar con la cobertura del mencionado seguro, el mismo que es otorgado por los empleadores.

El personal que desarrolla actividades periodísticas, como reporteros, fotógrafos o camarógrafos, se desplaza permanentemente a cubrir manifestaciones, huelgas, accidentes, sismos u otros eventos adversos, en razón de informar a la población sobre estos sucesos. Si bien es parte sustancial de sus tareas profesionales, es importante observar que quedan expuestos a riesgos inminentes o accidentes laborales.

Al contar con la cobertura del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo y frente a un accidente laboral, estos trabajadores tendrán asistencia para evacuación, emergencias, hospitalización y cirugías, cualquiera sea el nivel de complejidad, hasta la recuperación total del asegurado, así como rehabilitación y readaptación laboral.

Es necesario señalar que un accidente de trabajo es toda lesión corporal producida en el centro de trabajo o con ocasión de las labores para las cuales ha sido contratado el trabajador, causadas por acción imprevista fortuita u ocasional de una fuerza externa, repentina y violenta que obra súbitamente sobre la persona, independientemente de su voluntad y que pueda ser determinada por los médicos de una manera cierta.

SUNAFIL, en el marco de sus competencias para velar por el cumplimiento laboral y la protección de la integridad física de los trabajadores, está previendo actuaciones inspectivas para supervisar que los hombres y mujeres de prensa cuenten con las prestaciones de salud y protección laboral de acuerdo a la normatividad laboral vigente.

> Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL
Dirección: Av. Salaverry 655 - 2do. piso, Jesús María, Lima
Central Telefónica. (511) 390 2777.
Correo electrónico: consultas@sunafil.gob.pe


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